Recientemente fueron otorgados dos amparos que permiten el consumo de cocaína a dos personas que solicitaron una autorización ante Cofepris para “uso personal adulto”. Cabe señalar que estas resoluciones aun no son firmes, se presentaron vía amparo indirecto, actualmente se encuentran en revisión a fin de que un Colegiado se pronuncie o bien, sean atraídos por la Suprema Corte de Justicia dada su trascendía.
Asimismo, debemos resaltar que el otorgamiento de estos amparos no implica la legalización del consumo de la cocaína.
En la resolución, que podrás consultar y descargar al final de este post, se analizan aspectos como el derecho humano al libre desarrollo de la personalidad en su dimensión externa e interna, es decir, en su libertad de acción y en su esfera de privacidad.
En este sentido, tambien se realiza un test de proporcionalidad a fin de determinar si la ley impugnada es el medio adecuado para cumplir los fines que persigue o bien, las medidas implementadas son excesivas para ello. En este sentido, se concluyó que la prohibición absoluta establecida en la Ley General de Salud es excesiva para tutelar el derecho humano a la salud y a la sociedad en general, y se señalan como medidas menos invasivas el permitir el consumo de la cocaína en ambientes cerrados, con fines lúdicos, por personas mayores de edad, consumo controlado y sin excesos, ademas de no inducir a terceras personas a su consumo.
Esta sentencia sigue con la linea que en un primer momento fue trazada con los amparos que permitieron el consumo de la mariguana con fines recreativos.
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Alfredo castro