
El día trece de agosto del presente año, un Juez de Control determino el auto de vinculación a proceso por los delitos de ejercicio ilícito de servicio público, previsto y sancionado en el artículo 214, fracción III, en relación con el 64, ambos del Código Penal Federal. Asimismo, como medida cautelar le fue decretada la prisión preventiva.
Durante la audiencia la defensa presentó 32 datos de prueba, por su parte el ministerio público realizo la imputación de los delitos mencionados.
Por su parte, Rosario Robles hizo declaraciones y aseguró que ha vivido 24 años en la CDMX, que por lo tanto, no se fugaría, sin embargo, dicho argumento fue desestimado por el Juez debido a diversas inconsistencias en la documentación presentada.
Al concluir la audiencia, después de lo vertido por la defensa, la imputada y el Ministerio Público Federal, el Juez de Control determino vincular a proceso a Rosario Robles.
Dicha decisión quedo plasmada en la resolución del Auto de Vinculación a proceso, en ella se analizan los elementos de los delitos que se le imputan y porque se considera que la imputada debe ser vinculada a proceso. Consulta el documento integro a continuación, también puedes descargarlo.
Lizbeth Ramírez Romero
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